ElDerecho Procesal
Constitucional
Avance con → o espacio. Todo lo subrayado o con borde dorado abre un expediente.
A los jueces y magistrados especialistas en indebidos procesos
Y los principales sacerdotes y los ancianos y todo el concilio, buscaban falso testimonio contra Jesús, para entregarle a la muerte. Y no lo hallaron, aunque muchos testigos falsos se presentaban.
La Biblia · Mateo 26:59-60
Néstor Pedro Sagüés
Es impresionante el desarrollo alcanzado en los últimos años por el Derecho Procesal Constitucional latinoamericano.
El prologuista identifica cuatro frentes que explican el auge de la disciplina. Abra cada uno:
Dos generaciones,
una misma causa
Cincuenta años de cátedra constitucional y una trayectoria en derechos humanos, consulta previa y Sistema Interamericano.
El recorrido del libro
Una definición, siete elementos
El Derecho Procesal Constitucional es una rama del derecho procesal, que comprende un conjunto de contenidos en la y en la que regulan los , encargados de preservar la y la .
Toque cada expresión subrayada: el libro explica, uno por uno, los elementos de esta definición.
“La Constitución es
norma de normas”
Siguiendo a Eduardo García de Enterría, la Carta colombiana es norma jurídica: suprema, exigible por el titular del derecho y de aplicación directa e inmediata por toda autoridad, que vincula a los jueces ordinarios y constitucionales.
No necesita que nadie la defina; necesita jueces que la interpreten como norma y la apliquen protegiendo los derechos del ser humano.
Tres cláusulas que abren la Constitución
Desde 1991, algunas constituciones latinoamericanas adoptan una tendencia monista con primacía moderada del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH). Colombia lo hace en el
Donde lo constitucional se encuentra con lo procesal
Para Sagüés, es “principalmente, el derecho de la jurisdicción constitucional” y tiene dos áreas clave:
La trilogía estructural del proceso, ya en la Carta
La Constitución contiene las bases del control jurisdiccional de constitucionalidad: un juez, unas partes con intereses contrapuestos y un conflicto que se decide en sentencia con efectos erga omnes.
Acción, jurisdicción y proceso
Las normas constitucionales sobre el control de constitucionalidad permiten un primer avance: en la Constitución se articulan los elementos de la trilogía estructural del proceso, concretamente de un proceso constitucional.
El segundo avance: los “mecanismos de protección procesal”, denominación de Fix-Zamudio, que diseñan otros procesos constitucionales para la protección de los derechos humanos.
Cada vértice y el centro del diagrama abren su expediente.
Las instituciones procesales se constitucionalizan para siempre
Los códigos adjetivos no colaboran para resolver la crisis, y podríamos afirmar que son muchas veces las causas mismas de las calamidades.
Osvaldo A. Gozaíni, citado por los autores
Del Código de procedimiento constitucional al deber convencional
El artículo 25 de la CADH exige recursos sencillos, rápidos y efectivos. Para los autores, esos “recursos” son las acciones constitucionales que activan los procesos constitucionales.
Medio siglo de normas y fallos
De la firma de la Convención Americana a la jurisprudencia de 2026. Deslice horizontalmente y toque cada hito.
Siete llaves de acceso a la jurisdicción constitucional
Todas tienen linaje constitucional (salvo la insistencia, nacida en la Ley 57 de 1985) y arraigo en la CADH. Pero “no basta con la existencia formal de los recursos”: deben ser eficaces.
Los siete mecanismos, lado a lado
| Mecanismo | Fuente | Regulación | Protege | Quién acciona | Ante quién | Plazo | Instancias |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Tutela | Art. 86 | Dec. 2591/1991 | Derechos fundamentales | Toda persona, sin abogado | Todos los jueces | 10 días | Dos + revisión eventual |
| Hábeas corpus | Art. 30 | Ley 1095/2006 | Libertad personal | La víctima o cualquier persona; Defensoría; Procuraduría | Todos los jueces | 36 horas | Dos |
| Acciones populares | Art. 88 | Ley 472/1998 | Derechos e intereses colectivos | Toda persona natural o jurídica | Jueces civiles del circuito; tribunales administrativos | — | Revisión eventual del Consejo de Estado |
| Cumplimiento | Art. 87 | Ley 393/1997 | Eficacia de leyes y actos administrativos | Toda persona | Jueces y tribunales administrativos; Consejo de Estado | — | Proceso breve y sumario |
| Hábeas data | Art. 15 | Leyes 1266/2008 y 1581/2012 | Intimidad, buen nombre, información | El titular de los datos | Operador o responsable; SIC; juez | 10 / 15 días hábiles | Atípico, en sede administrativa |
| Insistencia | Art. 74 | Ley 1755/2015 | Acceso a documentos públicos | El peticionario | Tribunal o juez administrativo | 10 días | Única |
| Búsqueda urgente | Ley 589/2000 | Ley 971/2005 | Libertad e integridad de desaparecidos | Cualquier tercero, sin mandato | Cualquier autoridad judicial | Curso en 24 horas | — |
Toque una fila para abrir el expediente completo de cada mecanismo.
Cada generación de derechos, su garantía
Los derechos fundamentales son comúnmente conocidos como de primera generación; los colectivos, de tercera. Los sociales se protegen por tutela cuando hay conexidad con un fundamental.
El numen de los procesos constitucionales
Los valores son “el catálogo axiológico” del que se deriva el sentido del ordenamiento; los principios “consagran prescripciones jurídicas generales” y son de aplicación inmediata.
Dos grandes familias de procesos
“Si bien todo proceso requiere para su desarrollo un procedimiento, no todo procedimiento es un proceso.” La Constitución sienta las bases; la ley regula los procedimientos.
(i) De protección de los derechos fundamentales 1.6.1
(ii) De constitucionalidad 1.6.2
La Constitución contiene el proceso
Acción, jurisdicción y proceso están en el vértice: “se han constitucionalizado para siempre adquiriendo el rango jerárquico que le imprime la supremacía de la Constitución”.
El Código General del Proceso es una ley: está debajo del vértice y se interpreta conforme a la Constitución.
Su origen y su base están en la Constitución
“Todos los procesos son de origen constitucional, por cuanto su base está contenida en las normas jurídicas superiores y, por consiguiente, son procesos constitucionales.”
El vagón es el proceso; la carrilera, el procedimiento
Si bien todo proceso requiere para su desarrollo un procedimiento, no todo procedimiento es un proceso.
Gómez Lara y Domínguez Mercado · nota 109
1Acción de tutela
Un mecanismo sencillo, rápido y efectivo, y tiene por finalidad el amparo de los derechos constitucionales fundamentales.
Libro, §1.6.1.1
El proceso: acción de tutela
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
2Hábeas corpus
El hábeas corpus es un derecho fundamental y, a la vez, es una acción constitucional que ampara la libertad de la persona cuando alguien es privado de la libertad con violación de las garantías constitucionales o legales, o esta se prolongue ilegalmente.
Ley 1095 de 2006, art. 1
El proceso: Hábeas corpus
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
3Acciones populares
Son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos.
Ley 472 de 1998, art. 2
El proceso: acciones populares
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
4Acción de cumplimiento
Un mecanismo procesal de protección constitucional que toda persona puede promover ante el juez administrativo competente (…) a fin de lograr la eficacia de las normas jurídicas.
Rey Cantor y Rodríguez Ruiz (nota 70)
El proceso: acción de cumplimiento
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
5Hábeas data
El hábeas data es un derecho constitucional fundamental y una acción constitucional.
Libro, §1.4.3.5
El proceso: Hábeas data
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
6Recurso de insistencia
Procesalmente no se trata de un recurso sino de una acción constitucional, porque no tiene por objeto revocar o reformar o modificar una decisión anterior, sino ejercer el derecho de acceder a los documentos públicos.
Nota 85 del libro
El proceso: recurso de insistencia
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
7Mecanismo de búsqueda urgente
Mecanismo público tutelar de la libertad y la integridad personales y de los demás derechos y garantías que se consagran en favor de las personas que se presume han sido desaparecidas.
Ley Estatutaria 971 de 2005, art. 1
El proceso: Mecanismo de búsqueda urgente
Cada caja abre el expediente con el texto del libro.
Siete acciones, dos legitimaciones
La persona humana es titular de la acción constitucional para acceder a la jurisdicción constitucional. Eso transforma el concepto tradicional, que “otorgaba legitimación procesal solamente a aquella persona que tenía un derecho subjetivo”.
“Toda persona”
Acciones populares · acción de cumplimiento · recurso de insistencia.
La persona afectada
Acción de tutela · hábeas corpus · hábeas data.
El incumplimiento de los fallos en firme (tutela, hábeas corpus, hábeas data, insistencia) viola la protección judicial, CADH art. 25.2.c, y legitima una petición ante la CIDH.
Sencillos, rápidos… y con reloj
Los términos que fijan la Constitución y las leyes que desarrolla el libro. La barra usa escala logarítmica, de un día a un año.
Un conjunto de actos jurídicos coordinados entre sí, provenientes de órganos jurisdiccionales o de las partes, cuyo objeto es la defensa de la supremacía de la Constitución y la protección procesal de los derechos fundamentales, a fin de resolver conflictos de intereses de naturaleza constitucional.
Rey Cantor · Rey Anaya
El examen de confrontación normativa
Constitucionalidad: “la adecuación formal y material de las leyes a la Constitución”. Control: “examen de confrontación normativo de la ley frente a la Constitución”. Y también frente a la CADH.
1Control previo
“Con anterioridad a la culminación del procedimiento legislativo del acto, la Corte Constitucional efectúa el control de constitucionalidad al proyecto de acto.” También se activa “antes de que el pueblo concurra a las urnas”.
1.1 Proyectos objetados
Contenido material o vicios de procedimiento · arts. 165 a 167; 241-8 · proceso especial
1.2 Proyectos de ley estatutaria
Contenido material o vicios de procedimiento · arts. 153; 241-8 · proceso ordinario
1.3 y 1.4 Convocatorias
Referendo constitucional y asamblea constituyente: solo vicios de procedimiento · art. 241-2 · proceso ordinario
1.5 a 1.7 Votaciones populares
Referendos sobre leyes; consultas y plebiscitos nacionales (estos, solo por vicios de procedimiento) · art. 241-3 · proceso ordinario
2Control por vía de acción
“La acción de inconstitucionalidad es un derecho constitucional fundamental que legitima a cualquier ciudadano colombiano para demandar ante la Corte Constitucional.” Es “la llave de acceso directo a la jurisdicción constitucional”.
3Control por vía de excepción
Un mecanismo procesal que la parte puede activar, o que el juez o el funcionario que aplique leyes “como deber tiene que activar”, para inaplicar en el caso una norma incompatible con la Constitución.
4Control oficioso
Decretos legislativos de estados de excepción y de suspensión de votaciones (Ley 134, arts. 42 y 56), y tratados con sus leyes aprobatorias.
Cuatro controles, tres clases de procesos
“Las clases de procesos de constitucionalidad son dos: el ordinario y los especiales.” A ellos el libro suma los atípicos, sin regulación legal. El proceso atípico de las excusas del art. 137 no corresponde a ninguno de los cuatro controles.
¿Concentrado o difuso? Colombia, ambos
“Esta jurisdicción constitucional dispersa es lo que caracteriza el control de constitucionalidad de las leyes como difuso.”
Juez legal o juez constitucional
El “juez legal”
“Es probable que tienda a abordar y a razonar su litis constitucional con la mentalidad civilista con la que cotidianamente opera.” Su cerebro, “formateado” por el código general del proceso.
Toque para voltear →
El juez constitucional y convencional
Independiente, imparcial y garantista; con conocimientos de derecho constitucional y DIDH; capaz de “juzgar en derecho constitucional”: lo importante es la dignidad humana, no las formas.
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¿Quién guarda la Constitución?
Cada órgano abre su expediente. Las autoridades administrativas no ejercen jurisdicción, sino competencia.
La pirámide, con un vértice compartido
“La CADH es norma de normas” en la OEA
Los tratados de derechos humanos “han sido normativamente integrados a la Constitución”. La Corte Constitucional distingue dos sentidos del bloque:
Los tribunales constitucionales no dicen la última palabra
Un mecanismo de protección procesal internacional que ejerce la Corte IDH en un caso contencioso, cuando una norma interna es incompatible con el acervo convencional (la CADH y la jurisprudencia interamericana).
El valor no se realiza solo
El valor más importante y excelso en el mundo jurídico es la justicia.
La fuerza normativa está en las normas, pero se dirige a realizarse en la dimensión sociológica de las conductas: cuando la Constitución formal “funciona, y se aplica”.
De la jurisdicción constitucional al Sistema Interamericano
El SIDH gira alrededor del principio de subsidiariedad: no hay acceso directo. Las acciones constitucionales deben ser adecuadas y efectivas, e interponerse y agotarse. Recorra la ruta:
Del juez nacional a San José
Agotada la jurisdicción interna, generalmente la constitucional, se activa la jurisdicción internacional de derechos humanos.
Más de cincuenta decisiones
Las sentencias del libro, las fichas jurisprudenciales y los comentarios. Filtre por tema y toque cada una.
Las voces del libro
Los juristas con los que conversa la obra: quiénes son, qué aportan a la tesis y sus frases citadas.
Conceptos clave
Estos términos aparecen enlazados en toda la presentación. Búsquelos aquí o tóquelos donde aparezcan.
Las sentencias valdrán lo que valgan los hombres que las dicten.
Jueces que no se queden anclados a los códigos de procedimiento tradicionales, que levanten su cabeza y miren la Constitución y los tratados de derechos humanos, y resuelvan los casos según el principio pro homine.
Ernesto Rey CantorGiovanna Alejandra Rey Anaya